domingo, 19 de febrero de 2012

Injurias a la corona.

 Leo en la prensa que un joven marroquí ha sido condenado a una pena de dos años de cárcel por insultar al rey Mohamed VI y me provoca indignación, pero no por la noticia en sí misma, sino al darme cuenta de que en la civilizada Europa, en la democrática España, todavía está tipificado como delito “las injurias a la Corona”. Los artículos 490 y 491 del Código Penal español prevén penas de prisión de cuatro a 24 meses para aquellos que injuriasen “al rey, o a cualquiera de sus ascendientes o descendientes, a la reina consorte o al consorte de la reina, al regente o a algún miembro de la regencia, o al príncipe heredero de la Corona”.  De esta manera, los insultos proferidos contra cualquier ciudadano de a pie estarían tipificados normalmente como falta, con una pena de seis a 14 meses de multa; en cambio aquel que se atreva a insultar a algún miembro de la Corona se expondría a ser condenado hasta a 24 meses de cárcel. Ahora entiendo a qué se refería la portavoz del CGPJ, Gabriela Bravo, cuando dijo: “No todos los imputados son iguales”. Tendría que haber añadido: “Como recoge el Código Penal”.


Publicado en Público el viernes 17 de febrero de 2012.
Publicado en 20minutos el viernes 17 de febrero de 2012.
Publicado en El Día de Toledo el jueves 1 de marzo de 2012.

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